jueves, 22 de diciembre de 2016

GUIA PARA RECLAMAR CLAUSULA SUELO

ABOGADOS & PROCURADORES VALLES -
CLAUSULA SUELO

¿Cómo puedo saber si mi hipoteca tiene una cláusula suelo?

Revise su escritura hipotecaria y en la parte que contiene clausulas financieras debe contener la cláusula suelo,
Si no dispone de su escritura hipotecaria, se la puede solicitar al banco o ir al notario donde firmó para tener copia simple de su escritura de hipoteca.
También puede revisar los recibos, si el tipo de interés al que  hay que restar el porcentaje perteneciente al diferencial, es superior al del euríbor (que ahora es negativo)  es que su hipoteca  contiene clausula  suelo en el tipo de interés.

¿Cuánto me pueden devolver?
La Sentencia del TSJUE no reconoce el límite temporal que estableció el Tribunal Supremo, sino que lo modifica y lo hace retroactivo desde el momento que se firmó la hipoteca.
Lo que es cierto es que estas hipotecas con clausula suelo comenzaron a firmarse cuanto la evolución de los tipos de interés mantenían tendencia a la baja  hacia el 2008/2009 por lo que se estima que se tratará de las hipotecas que se perfeccionaron en dicho momento
Los importe a devolver serán entre 3000 y 5000€ teniendo en cuenta la fecha de constitución y el importe solicitado

¿Qué pasos debo de seguir para reclamar la clausula suelo?
Lo primero verificar que efectivamente tiene dicha clausula conforme se ha expuesto en la primera parte.
Segundo dirigir escrito al departamento de Atención al Cliente de su entidad indicando el importe de lo que según sus cálculos le adeudan si lo desea dirija un mail a clausulasuelo@åbogadosvalles.com
En plazo de dos meses sin resolver dicho departamento puede dirigirse al Servicio de Atención al Cliente de Banco de España- esta resolución no es vinculante.
De no devolverle el dinero deberá acudir a la vía judicial lo cual le llevará tiempo dado que algunos bancos consideran que sus cláusulas suelo son claras y tranparentes  y no han sido anuladas por el Tribunal Supremo ni por el TSJUE.

¿Qué pasa si ya tengo sentencia firme y solo me devolvieron a partir de 2013?
Al existir sentencia firme y por seguridad jurídica, principio de nuestro derecho y al ser cosa juzgada no podría reclamarse las cantidades anteriores al 2013.

¿Puedo reclamar la retroactividad si firme acuerdo con el banco?

 En principio no puede solicitar la retroactividad de las cantidades desde que se constituyó la hipoteca, dado que el acuerdo suponía, conforme han solicitado la banca renuncia a otras acciones por lo que difícilmente podría reclamar dicha retroactividad más allá de lo acordado con el banco. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por participar en este blog