jueves, 12 de noviembre de 2015

BONOS CONVERTIBLES BANCO POPULAR: ¿QUE HACER?


En 2009 Banco Popular emitió 700 millones de euros en bonos convertibles con un vencimiento incial en 2013 en los que se valoraba la acción a 7,01 € con una prima del 10% sobre la cotización de sus títulos en aquel momento y con una rentabilidad de euribor a tres meses más el 4%  ante la situación de mercado en 2012 la entidad ofreció un canje voluntario a los bonistas en el ofrecía una rentabilidad mayor establecida en el 7% anual. Obviamente la situación de mercado en claro descenso y una oferta de mejor rentabilidad los bonistas accedieron a dicho canje siendo la opción aceptado por el 95,3% de los afectados. Si bien esto no supone acto propio pues es claro que nadie que fuera a tener pérdidas si le ofrecen una mejor rentabilidad lo aceptaría como hemos defendido desde el despacho en diversas sentencias obtenidas por ABOGADOS & PROCURADORES VALLES (www.abogadosvalles.com)

En el canje los bonistas pagarán 17,65€ por una acción que realmente cotizan a menos de 4€ lo cual lleva a unas pérdidas de alrededor de 80% que aún descontando las rentabilidades deja en situación pérdidas .

Nos encontramos con un producto de alto riesgo que fue comercializado sin hacer observancia de las exigencias mínimas de transparencia. Ni tampoco las exigencias de la normativa MIFID que va era vigente al momento de la comercialización de dichos bonos. 

Los bonos se comercializaron con el caracter de alta rentabilidad y como productos seguros y sin riesgos similares a un plazo fijo 

Los bonos pese a tratarse de instrumentos complejos híbidos fueron comercializados masivamente a clientes minoristas sin la obligada información y pese a no resultar instrumentos adecuados al perfil de estos clientes que han sufrido o van a sufrir grandes perdidas respecto a su inversión inicial. 
Es la entidad al hacer la emisión quien fija el precio de la acción, por la que se va a canjear cada obligación adquirida dicho precio se fija en 17,65€ si bien las acciones en el mercado cotizan a un precio inferior no alcanza a día de hoy 4 € por lo que el bonista tendrá una pérdida de cerca de 80%
Con todo ello el resultado económico final es siempre favorable al emisor y perjudicial para el cliente que sufre una pérdida patrimonial en relación al importe inicialmente invertido 

QUE PUEDE HACER EL BONISTA ANTE LAS PERDIDAS POR CONVERSIÓN.

Se abren diversos escenarios dado que el banco intentará evitar demandas en masa, que dañen su prestigio.
·         Desde el despacho ABOGADOS & PROCURADORES VALLES conocemos que el banco pretende ofrecer un depósito al 5% de interés por 5 años, esta solución es evidente que conviene a la entidad, pues aunque actualmente los tipos de interés con bajos es previsible que puedan subir, si bien el cliente queda vinculado por cinco años con la entidad, con dinero indisponible. Esta solución no deja de ser una solución para la entidad y no para el cliente

·         Recuperar su dinero  por medio de  demanda judicial solicitando la anulabilidad  o incluso la nulidad absoluta,  si bien dichas acciones  difieren tanto en el planteamiento como en los medios de prueba.
·         Reclamar indemnización por daños y perjuicios.
Nuestro despacho ya tiene varias sentencias que dan la razón al cliente por los bonos convertibles de Banco Popular