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martes, 25 de octubre de 2016

HIPOTECA MULTIDIVISA

¿QUÉ ES LA HIPOTECA MULTIDIVISA?

La hipoteca multidivisa es un préstamo con garantía hipotecaria, a interés variable, en el que la moneda en la que se referencia la entrega del capital y las cuotas periódicas de amortización es una divisa,entre varias posibles, a elección del prestatario, y en el que el índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial para determinar el tipo de interés aplicable en cada Periodo suele ser distinto del Euribor, en concreto suele ser el Libor (London Interbank Offerd Rate, esto es, tasa de interés interbancaria del mercado de Londres).
La sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2015, ha considerado  la Hipoteca multidivisa , tanto que préstamo, un instrumento financiero.
Es un instrumento financiero derivado por cuanto que la cuantificación de la obligación de una de las partes del contrato (el pago de las cuotas de amortización del préstamo y el cálculo del capital pendiente de amortizar) depende de la cuantía que alcance otro valor distinto, denominado activo subyacente, que en este caso es una divisa extranjera.
En tanto que instrumento financiero derivado relacionado con divisas, está incluido en el ámbito de la Ley del Mercado de Valores de acuerdo con lo previsto en el art. 2.2 de dicha ley. Y es un instrumento financiero complejo en virtud de lo dispuesto en el art. 79.bis.8 de la Ley del Mercado de Valores, en relación al art. 2.2 de dicha ley.

¿CUÁL ES EL ATRACTIVO DE LA HIPOTECA MULTIDIVISA?

El atractivo de la hipoteca multidivisa radica en utilizar como referencia una divisa de un país en el que los tipos de interés son más bajos que los de los países que tienen como moneda el euro, unido a la posibilidad de cambiar de moneda si la tomada como referencia altera su relación con el euro en perjuicio del prestatario.
Las divisas en las que con más frecuencia se han concertado estos instrumentos financieros son el yen japonés y el franco suizo.

Con frecuencia se preveía la posibilidad de cambiar de una a otra divisa, e incluso al euro.

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martes, 13 de septiembre de 2016

Hipoteca Multidivisa


La  Hipoteca Multidivisa, fue una fórmula frecuentemente utilizada  por parte de los bancos para proporcionar préstamos hipotecarios que fueran atractivos ante el momento de subida del Euribor, si bien esto era solo una simple estrategia para acaparar cuota de mercado en la perspectiva, ciertamente conocida por los bancos y sus departamentos de estudio, de que el BCE bajaría los tipos de interés y obviamente el EURIBOR , indice de referencia habitual en las hipotecas caería a mínimos históricos. 
La Hipoteca Multidivisa, como atractivo tenia el que supuestamente se abonarían intereses más bajos al tomar como moneda de referencia una de menor valor como el Yen o el Franco Suizo.
Los riesgos en la Hipoteca Multidivisa  exceden a los del Préstamo Hipotecario a interés variable en €. En la hipoteca multidivisa, al  riesgo de variación del tipo de interés se añade el riesgo de fluctuación de la moneda, pero además este riesgo de fluctuación de moneda no incide exclusivamente en que el importe en que el € de la cuota de amortización periódica comprensiva de intereses y capital pueda variar al alza si la divisa elegida se aprecia frente al €.
En la hipoteca multidivisa  que utiliza  divisa como Yenes o Franco Suizo no solo es referencia para fijar importe en € de cada cuota de modo que si la divisa se deprecia el importe en € es menor y si se aprecia el importe en € es mayor.
El tipo de cambio de la divisa en hipoteca multidivisa se aplica además de para el importe de la cuota, para determinar el capital pendiente de amortizar de modo que la fluctuación de la divisa supone re calculo constante de capital, ello determina que que pese haber ido abonando cuotas amortización periódica comprensiva de intereses y capital puede ocurrir que si la divisa se aprecia frente al € el prestatario no solo tenga cuota con mayor importe en € sino que además adeude capital en € mayor que el entregado
La directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo de 4 de febrero de 2014 en el considerando cuarto , reconoce por un lado la             – Irresponsabilidad en la concesión de hipoteca multidivisa . además del  Interés ventajoso ofrecido sin información de riesgos la misma directiva en el considerando trigésimo alude a que debido a los riesgos ligados a estos prestamos es necesario establecer medidas para garantizar que el consumidor conoce los riesgos.

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